Monotributo Emprendedor – Primeros Pasos
Hola chiquis, como están?
La cuarentena trajo el mundo digital que vino para quedarse. Con ello para que tu emprendimiento crezca y llegue más allá, una requiere de la utilización de las redes, que a su vez, vender online requiere del uso de billeteras virtuales y transferencias bancarias.
Estos ingresos, tras la comodidad de vender tu producto o prestar tus servicios a la distancia, se les dicen ingresos “blancos” de alguna manera. Y para poder justificarlos existe la figura en la Argentina para la pequeña emprendedora, la cual es el MONOTRIBUTO
¿Qué es entonces el Monotributo?
Es el régimen simplificado, por el que pagando una cuota fija mensual (ahora te explico cómo está compuesta) permite incluirte en la economía formal y cumplir con los requisitos legales en nuestro país.
Por cada venta que efectúes, podrás emitir una factura como comprobante respaldo de la operatoria. Cumplís con los requisitos legales impositivos y también, los derechos del consumidor en recibir esa documentación respaldatoria de su compra (creeme, evita problemas con ellos).
¿Qué lo compone la cuota fija?
Posee 3 componentes y son:
1- El componente impositivo, mediante un monto fijo estás reemplazando IVA y ganancias.
2- El componente previsional, incluye los aportes para tu futura jubilación.
3- El componente de obra social, podrás gozar de cobertura médica básica.
¿Es siempre el mismo monto?
No, hay una escala de monotributo, la cual posee 4 parámetros. A medida que estos parámetros van aumentando, la categoría es cada vez mayor. Por ejemplo uno es la facturación anual, a mayor ingresos, aumentarás de la categoría de monotributo. Los cambios se hacen los meses de enero y julio de cada año, denominándose la famosa Recategorización Semestral.
¿Quiénes pueden ser monotributistas?
Cualquiera de ustedes que decida emprender y que quiera utilizarlo en el país, respetando los parámetros.
¿Cuáles son los parámetros y requisitos?
Para que vos puedas inscribirse como monotributista, deberán verificarse todas las condiciones que se indican a continuación:
a) Que haya obtenido ingresos brutos inferiores o iguales a la suma de $1.739.493,79 en los doce meses calendario inmediatos anteriores a la fecha de adhesión; o, de tratarse de venta de cosas muebles, que no supere la suma de $2.609.240,69.
b) Que no supere en los doce meses calendario inmediatos anteriores a la fecha de adhesión, los parámetros máximos de las magnitudes físicas, y alquileres devengados que se establecen para su categorización.
c) Que el precio máximo unitario de venta -sólo en los casos de venta de cosas muebles- no supere el importe de $ 29.119,56
d) Que no haya realizado importaciones de cosas muebles y/o de servicios, durante los últimos doce meses del año calendario.
e) Que no desarrolle más de tres actividades simultáneas o no posea más de tres unidades de explotación.
¿Vane nos das un ejemplo, es mucha info?
Claro, pongamos el ejemplo de Vane:
1- Es contadora
2- Dueña de un departamento que lo alquila
3- Vende zapatos, pero ninguno de ellos supera el precio de 29.119,56.-
Te sirvió el ejemplo y la info? Quedate para contarte las otras patas de este camino legal emprendedor.
Dra. Vanessa G. Maugeri
Contadora Pública (UNLaM)
CPCECABA T° 416 F° 027
